Cuentas Anuales 2015 de RECOL, Informe ex art. 388.2 LSC sobre el estado de la liquidación e Informe para la reversión de acciones.

May 22, 2016 - Recol Networks

En el día de la fecha (22/05/16) se ha anunciado en la página web corporativa de Recol Networks, S.A. En Liquidación (www.recol.es) la convocatoria para Junta general de accionistas a celebrar en única convocatoria a las 17:00h del 28/06/16 en Madrid, calle Almagro, 40 (sede del despacho de abogados Linklaters, preguntar en recepción).

En los próximos días, y en todo caso no más tarde del próximo 27/05/16, se publicarán los anuncios de la convocatoria e el BORME y en el Diario la Razón.

En la dicha Junta, además de tratarse los asuntos habituales (presentación del Informe sobre el estado de la liquidación, sometimiento a aprobación de las Cuentas Anuales formuladas del 2015 y de la gestión social de la liquidación), como novedad se va a proponer a los señores accionistas la modificación de la forma de representación de las acciones de la Sociedad de (la actual de) anotaciones en cuenta a la de títulos nominativos (con la consecuente propuesta de modificación de los art.,s 5, 6, 8 y 13 de los Estatutos Sociales para su adaptación a la dicha nueva forma de representación del capital propuesta).

Tal propuesta ha venido motivada por las múltiples consultas de accionistas sobre la posibilidad de evitar de algún modo el gasto inherente al mantenimiento de las cuentas de valores abiertas en las entidades depositarias de las acciones y legalmente habilitadas al efecto. A este respecto, en síntesis y como ya se ha ido informando por diversos canales (respuestas individualizadas por e-mail y web corporativa), el dicho gasto era y es consecuencia de la forma estatutaria de representación de las acciones, de manera que:

(i) Si las acciones se representan por anotaciones en cuenta (situación actual), entonces (en cumplimiento de la normativa legal aplicable) es obligado que tales anotaciones se articulen en cuentas de valores de depositarios legalmente habitados (entidades financieras). Y estos depositarios cobran o suelen cobrar por ello, con independencia del valor de mercado de las acciones.

Y (ii) si las acciones se representan por títulos físicos nominativos (situación propuesta), entonces lo anterior (legalmente ya) no aplica en el entendimiento de que la acción se instrumentaliza en un documento que el accionista titular ha de guardar y conservar.

Tras estudiar el cambio de (i) a (ii), se ha llegado a le conclusión de que ello, no siendo fácil, sí sería en principio viable, incluso en situación de liquidación. Por tal motivo, en el punto cuarto del orden del día de la convocatoria de la Junta del próximo 28/06/15 se incluye una propuesta al respecto. Para más información, vide el Informe sobre la reversión de las acciones.

A través de este link se pueden visualizar y descargar todos los documentos que serán presentados a la Junta o sometidos a su aprobación (incluido el Informe sobre reversión recién indicado), a saber:

(i) El Informe sobre el estado de la liquidación emitido en cumplimiento del art. 388.2 LSC, que será presentado a la Junta (punto 1 del Orden del Día).

(ii) Los documentos integrantes de las Cuentas Anuales de 2014 que serán sometidos a la aprobación de la Junta (puntos 2 y 3 del orden del Día).

Y (iii), el Informe para la reversión de la forma de representación del capital social y modificación de los art.,s 5, 6, 8 y 13 de los Estatutos Sociales, todo ello conforme a lo dispuesto en los art.,s 272, 286 y 287 LSC (punto 4 del Orden del Día).

A 22/05/16.

El Liquidador Único.

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