Extinción de Recol (final de la liquidación).

May 9, 2019 - Recol Networks

Por Auto nº 7/19, de 13 de marzo, del Juzgado Mercantil nº 13 de Madrid (concurso abreviado con autos nº 236/19) se declaró:

(i) El concurso de RECOL;

(ii) su conclusión;

y (iii) su extinción.

Al cierre de 2019, RECOL tenía un balance consistente en: ACTIVO = cero y PASIVO = 4,9 MM €.

La extinción de RECOL supone la amortización de su capital social (la “desaparición” de sus acciones), por lo que de cara al ejercicio 2020 es susceptible que sus antiguos accionistas afloren una pérdida patrimonial durante 2019 valorada conforme al art. 37.1.e) de la Ley del IRPF. Para saber las implicaciones fiscales de este afloramiento es conveniente consultar con un asesor fiscal.

Extinguida la Sociedad, lógicamente no habrá más Juntas de accionistas.

PS1: el Auto supra indicado fue inscrito en el Registro Mercantil el 06/11/19.

PS2: última y final actualización de la web corporativa, aquí

Manuel Astillero Fuentes.

(Ex-)Liquidador Único.

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